¿El Concubino Tiene Derecho a Heredar en Argentina? | Estudio Jurídico MS

¿El Concubino Tiene Derecho a Heredar en Argentina?

Te explicamos los derechos sucesorios en el concubinato, qué pasa si fallece tu pareja y cómo proteger tu patrimonio. Asesoramiento legal especializado en uniones convivenciales y sucesiones.

¿La Concubina Hereda en Argentina?

Abogados especialistas en derechos sucesorios del concubino

Importante: El concubino NO hereda automáticamente

La respuesta corta es: No, salvo excepciones

En Argentina, los concubinos NO tienen derecho a heredar automáticamente como sí lo tienen los cónyuges. La ley argentina solo reconoce como herederos forzosos a los descendientes, ascendientes y al cónyuge (persona casada legalmente).

Esto significa que si tu pareja fallece y no estaban casados, no tenés derecho a recibir ninguna parte de su herencia, aunque hayan convivido durante muchos años y tengan hijos en común.

Sin embargo, existen formas legales de proteger a tu concubino/a y asegurar que reciba parte de tus bienes. Te explicamos cómo.

Derechos Sucesorios: Cónyuge vs Concubino

La diferencia entre estar casado y vivir en concubinato es enorme cuando hablamos de herencia.

Cónyuge (Casado)

  • Hereda automáticamente por ley
  • Es heredero forzoso (legítima)
  • Derecho al 50% de bienes gananciales
  • Derecho de habitación vitalicia
  • Hereda junto con hijos o en su defecto solo

Concubino (No casado)

  • NO hereda automáticamente
  • NO es heredero forzoso
  • NO tiene derecho a bienes gananciales
  • Puede heredar por testamento
  • Protección limitada con unión convivencial

¿Cómo Proteger a Tu Concubino/a?

Aunque la ley no reconoce derechos hereditarios automáticos al concubino, existen formas legales de proteger a tu pareja.

Testamento

La forma más efectiva de dejar bienes a tu concubino/a. Podés disponer libremente del tercio de libre disponibilidad.

  • • Hasta 1/3 de tus bienes
  • • Válido ante escribano
  • • Modificable en vida

Unión Convivencial

Registrar la unión convivencial otorga algunos derechos, como la protección de la vivienda familiar.

  • • Protección de vivienda
  • • Derecho de atribución
  • • Requiere 2 años de convivencia

Donación en Vida

Transferir bienes en vida a tu concubino/a mediante donación con reserva de usufructo.

  • • Transferencia inmediata
  • • Reserva de usufructo
  • • Puede ser impugnada

Condominio

Comprar bienes en condominio (ambos como titulares) protege la parte de cada uno.

  • • 50% para cada uno
  • • Protección automática
  • • Requiere planificación

Seguro de Vida

Designar a tu concubino/a como beneficiario de un seguro de vida.

  • • No forma parte de la herencia
  • • Pago directo al beneficiario
  • • Sin límites legales

Matrimonio

La opción más completa: casarse otorga todos los derechos hereditarios automáticamente.

  • • Heredero forzoso
  • • Bienes gananciales
  • • Protección total

La Unión Convivencial: ¿Qué Derechos Otorga?

Desde el Código Civil y Comercial de 2015, existe la figura de la “unión convivencial” que otorga algunos derechos a los concubinos.

Requisitos para la Unión Convivencial

Convivencia de al menos 2 años
Ambos deben ser mayores de edad
No estar casados ni en otra unión convivencial
No ser parientes en línea recta o colateral hasta 2° grado

Derechos que SÍ otorga

  • • Protección de la vivienda familiar
  • • Derecho de atribución del hogar (por tiempo limitado)
  • • Contribución a gastos del hogar
  • • Responsabilidad solidaria por deudas del hogar
  • • Compensación económica al cesar la unión

Derechos que NO otorga

  • NO da derecho a heredar
  • • NO genera bienes gananciales
  • • NO otorga pensión por viudez automática
  • • NO da derecho a la legítima
  • • NO equipara al matrimonio en sucesiones

Nuestros Servicios

Te asesoramos para proteger a tu pareja y defender tus derechos como concubino/a.

Redacción de Testamentos

Redactamos tu testamento para proteger a tu concubino/a respetando los límites legales.

Registro de Unión Convivencial

Te ayudamos a registrar tu unión convivencial para obtener la protección legal disponible.

Reclamos Sucesorios

Si fallece tu concubino/a y tenés derechos que reclamar, te representamos judicialmente.

Compensación Económica

Si tu unión convivencial terminó, podés tener derecho a una compensación económica.

Planificación Patrimonial

Diseñamos estrategias legales para proteger tu patrimonio y el de tu pareja.

Sucesiones

Tramitamos sucesiones y declaratorias de herederos con o sin testamento.

Preguntas Frecuentes sobre Concubinato y Herencia

Respondemos las dudas más comunes sobre los derechos sucesorios en el concubinato.

¿Los concubinos tienen derecho a heredar en Argentina?
No, los concubinos no tienen derecho a heredar automáticamente. A diferencia del cónyuge (persona casada), el concubino no es considerado heredero forzoso por la ley argentina. Esto significa que si tu pareja fallece y no estaban casados, no tenés derecho legal a recibir parte de su herencia, salvo que exista un testamento a tu favor.
¿La concubina hereda si hay testamento?
Sí, la concubina puede heredar si existe un testamento a su favor. El fallecido puede disponer libremente del tercio de libre disponibilidad de su patrimonio para dejárselo a quien desee, incluyendo a su concubina. Si no hay herederos forzosos (hijos, padres), puede disponer de la totalidad de sus bienes por testamento.
¿El concubino tiene derecho a heredar la vivienda?
No automáticamente, pero tiene protección limitada. Si la unión convivencial estaba registrada, el concubino supérstite tiene derecho a solicitar la atribución del uso de la vivienda familiar por un plazo máximo de 2 años, o hasta que se resuelva la sucesión. Sin embargo, no hereda la propiedad de la vivienda.
¿La concubina tiene derecho a heredar en Argentina si hay hijos?
No, la concubina no hereda junto con los hijos. Los hijos son herederos forzosos y tienen derecho a la legítima (2/3 del patrimonio). La concubina solo podría recibir algo si existe testamento a su favor, y solo hasta el tercio de libre disponibilidad. Los hijos siempre tienen prioridad.
¿Cuáles son los derechos sucesorios en el concubinato?
Los derechos sucesorios en el concubinato son muy limitados:

• No hay derecho automático a heredar
• No hay derecho a la legítima
• No hay derecho a bienes gananciales (no existen en concubinato)
• Con unión convivencial registrada: derecho a atribución temporal de vivienda
• Posibilidad de recibir bienes solo por testamento

Por eso es fundamental hacer una planificación patrimonial en vida.
¿Qué pasa con los bienes comprados durante el concubinato?
Los bienes pertenecen a quien los compró. A diferencia del matrimonio, donde existen los bienes gananciales (50% para cada cónyuge), en el concubinato cada uno es dueño exclusivo de lo que compra a su nombre. Si querés que tu concubino/a tenga derechos sobre un bien, debés comprarlo en condominio (a nombre de ambos).
¿El concubino tiene derecho a pensión por fallecimiento?
Sí, en ciertos casos. A diferencia de la herencia, la ley previsional sí reconoce al conviviente para cobrar la pensión por fallecimiento. Se requiere acreditar una convivencia pública y notoria de al menos 5 años (o 2 años si hay hijos en común). Esto debe tramitarse ante ANSES.
¿Cómo puedo proteger a mi concubino/a legalmente?
Existen varias formas de proteger a tu concubino/a:

1. Testamento: Dejale hasta 1/3 de tus bienes
2. Condominio: Comprá bienes a nombre de ambos
3. Seguro de vida: Designalo/a como beneficiario
4. Donación: Transferí bienes en vida
5. Unión convivencial: Registrala para proteger la vivienda
6. Matrimonio: La protección más completa

Consultanos para diseñar la mejor estrategia según tu situación.

Lo Que Dicen Nuestros Clientes

Experiencias de quienes nos consultaron sobre derechos de concubinos y planificación patrimonial.

★★★★★

“Vivía con mi pareja hace 15 años y no sabía que no iba a heredar nada si él fallecía. Me ayudaron a registrar la unión convivencial y él hizo testamento. Ahora estoy tranquila.”

MG

Marta González

Capital Federal

★★★★★

“Cuando falleció mi concubina, sus hijos me querían sacar de la casa. Gracias al estudio pude quedarme los 2 años que me correspondían y tuve tiempo para organizarme.”

RE

Ricardo Espinoza

La Plata

★★★★★

“Excelente asesoramiento. Me explicaron todas las opciones para proteger a mi pareja y elegimos la que mejor se adaptaba a nuestra situación. Muy profesionales.”

LF

Lucas Fernández

Córdoba

Consultanos Tu Caso

¿Tenés dudas sobre los derechos de tu concubino/a? Completá el formulario y te asesoramos sin compromiso.